¿Deseas realizar una copia certificada de planos?

¿Deseas realizar una copia certificada de planos?

Objetivo del Trámite

Contar con un documento oficial que certifique la configuración física del inmueble y que pueda ser utilizado como prueba en diversos trámites legales y administrativos.

Modalidad del Trámite
virtual
A quién va dirigido
Todos los ciudadanos que deseen realizar el trámite.
Pasos para la realización del Trámite
  1. Solicitud: El propietario o su representante legal debe presentar una solicitud formal a la oficina de catastro correspondiente, indicando que desea obtener una copia certificada de los planos de su propiedad.
  2. Identificación del inmueble: Se debe proporcionar la información necesaria para identificar el inmueble de manera precisa, como el número de matrícula catastral o la dirección.
  3. Pago de tasas: Se deben cancelar los aranceles establecidos por la oficina de catastro por la emisión de la copia certificada.
  4. Búsqueda y verificación: El personal de la oficina de catastro buscará en sus archivos los planos originales del inmueble y verificará su autenticidad.
  5. Elaboración de la copia: Se realizará una copia fiel de los planos originales, la cual será certificada por un funcionario autorizado.
  6. Entrega de la copia certificada: Una vez que la copia esté lista, se entregará al solicitante o a su representante.

En algunos casos, puede ser necesario presentar documentación adicional, como una copia de la escritura pública o una identificación oficial del solicitante.

Documentos requeridos

Toda persona interesada deberá consignar los siguientes documentos: 

  1. Descripción del plano a certificar.
  2. Pago del Timbre Fiscal, el cual debe ser gestionado a través del portal: www.sedatez.gob.ve.
Costo
  • Tasa Administrativa: 10,00 TCMMV 
  • Importante: El timbre fiscal debe ser adquirido y descargado en PDF desde el portal https://sedatez.gob.ve/ emitido para el organismo: Centro de Procesamiento Urbano, y según el trámite correspondiente.
  • Cancelar la Tasa Administrativa, en las Oficinas de SEDEMAT, según lo establece el Artículo 8 de la “Reforma de Ordenanza sobre Tasas Administrativas por expedición de Licencias, Permisos, Ventas, Copias y Certificaciones de Documentos del Municipio Maracaibo, vigente N° 002-3-2024 de fecha 08 de Enero de 2024”. El monto mínimo a pagar por concepto de tasas administrativas ante la administración tributaria municipal será una (1) unidad de medida del Tipo de Cambio de Mayor Valor publicado por el Banco Central de Venezuela (TCMMV).

 

Vigencia
No pierde vigencia

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