¿Te interesa realizar una constancia de cumplimiento de variables urbanas fundamentales para ampliación de edificaciones?

¿Te interesa realizar una constancia de cumplimiento de variables urbanas fundamentales para ampliación de edificaciones?

Objetivo del Trámite

Dar un Permiso de Construcción a las Edificaciones existentes que no hayan obtenido la Constancia de Variables Urbanas Fundamentales, con el fin de aumentar en metros cuadrados (m²) su área de construcción y/o niveles o ubicación de una edificación existente. 

Modalidad del Trámite
presencial
A quién va dirigido
Todos los ciudadanos que deseen realizar el trámite.
Pasos para la realización del Trámite

El interesado tendrá que realizar los siguientes pasos:

  1. Realizar su Registro Único como Persona Natural o Jurídica en el Sistema Integral de Gestión (SIGE) de la alcaldía. 
  2. Dentro de SIGE deberá elegir la opción de ‘Solicitar’ en el menú de “Trámites y solicitudes”, donde podrá seleccionar el trámite a solicitar.
  3. Llenar las casillas con la información solicitada. Las casillas marcadas con asterisco rojo deberán ser llenadas con obligatoriedad.
  4. Adjuntar los archivos requeridos en formato PDF; según los recaudos que se indican en el trámite respectivo.
  5. Luego de cargados todos los documentos, deberá cancelar la tasa administrativa, seleccionando la forma de pago, ya sea pago en taquilla del SEDEMAT, ó transferencia bancaria, para proceder a validar su pago.
  6. Hacer el pago del timbre fiscal por la página oficial www.sedatez.gob.ve
  7. Posteriormente de validar su pago, el trámite pasará a evaluación por parte de la Oficina Municipal de Planificación Urbana (OMPU).

 

Nota:

  • En caso de estar correctamente cargados los recaudos, se procederá a realizar la inspección en sitio, se levantará acta de inspección y se procederá a emitir oficio de respuesta.
  • En caso de no estar correctamente cargados los recaudos, el analista devolverá el caso al usuario que contará con quince (15) días hábiles, de conformidad con lo establecido en el Artículo 50, de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, vigente N° 2.818 de fecha 01 de julio de 1981, para consignar los recaudos faltantes; al no cumplir con este paso el trámite será sacado del sistema y deberá volver a solicitar.
Documentos requeridos

Los documentos que se deben de consignar son los siguientes:

  1. Notificación de Inicio de Obra, según Formato CPU-OMPU-CU-017-1
  2. Documento de Propiedad Protocolizado.
  3. Plano de Mensura debidamente Registrado.
  4. Solvencia Municipal de Inmuebles Urbanos vigente.
  5. Constancia de capacidad de los Servicios Públicos: HIDROLAGO, SAGAS, CORPOELEC vigentes.
  6. Planilla Multifirma para Edificaciones, visada por el Centro de Ingenieros de Venezuela, para Ampliaciones cuya área de construcción sea mayor de 40 m2; quedan exceptuadas del cumplimiento de la obligación prevista, las ampliaciones de Viviendas Unifamiliares, cuya área no sea mayor de 40 m2.
  7. Clasificación del profesional Residente e Inspector y Solvencias vigentes de todos los Profesionales responsables de la Obra incluidos en la Planilla Multifirma, emitidas por el Centro de Ingenieros de Venezuela.
    1.  Adjuntar los Proyectos de Ampliación en formato PDF:
      • Arquitectura de la Edificación existente y del proyecto propuesto (Plano general de Conjunto, Plantas, Fachadas y Cortes).
      • Estructura
  8. Instalaciones: Sanitarias, Eléctricas, Mecánicas, Gas. (si aplica)
  9. Constancia de Aprobación del Proyecto emitida por el Instituto Autónomo Cuerpo de Bomberos del Municipio Maracaibo de conformidad con lo establecido en el Artículo 9 de la Ordenanza sobre Normas de Seguridad, Protección Civil, Prevención de Siniestros y Desastres en General del Municipio Maracaibo (Comercial, Industrial y Residencial-Multifamiliar).
  10. Cómputos Métricos, Memorias y Cálculos de la Obra firmado por el profesional y/o empresa calculista.
  11. Archivo Digital en AutoCAD que contenga todos los Planos solicitados incluyendo los de Calidad Térmica, en Formato Digitalizado 2010 o menor.
  12. Documento de Adosamiento Notariado, si se requiere.
  13. La solicitud debe ser tramitada por el propietario, si la misma es realizada por un particular deberá adjuntar Autorización firmada por ambos anexando copias de las Cédula de Identidad.
  14. Para los fines de Evaluar la Variable de Calidad Térmica se deberá consignar:
    • Plantas de Arquitectura de la Edificación (Conjunto, Planta Baja, Planta Tipo, Mezzanine, Pent-House y Planta de Techo).
    • Plano de Fachada de la Edificación, indicando el material de acabado exterior, colores y espesor de las paredes y orientación de la Edificación.
    • Planta de techo y corte detallado indicando, sistema constructivo, material y color del revestimiento final.
    • Planos de cortes de la edificación, indicando sistema constructivo propuesto con dimensiones y material propuesto por cada capa.
    • Cuadro de puertas de vidrio, ventanas y tragaluces, indicando ubicación en planta, dimensiones, tipo y color del vidrio propuesto.
    • Detalle o corte de las protecciones solares, indicando dimensiones, material, color y separación del elemento con la ventana.
  15. Planilla de liquidación y recibo de pago por el servicio solicitado
  16. El Timbre Fiscal y el número de referencia bancaría del pago del mismo, el cual debe ser gestionado a través del portal: www.sedatez.gob.ve

NOTA:
- Consignar dos (2) juegos de Planos y Memorias descriptivas deben ser consignados en físico firmados por el propietario y los profesionales responsables de cada proyecto.
- Sólo se iniciará el proceso de revisión del Proyecto cuando los recaudos estén completos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 13, de la Ordenanza sobre Control de Construcciones y Urbanismos del Municipio Maracaibo, N° 111-2024 de fecha 09 de Abril de 2024.

Costo

Tasa Administrativa:

  1. Constancia de Ampliación para Viviendas Unifamiliares, Bifamiliares y Multifamiliares:
    • Constancia: 18,00 TCMMV por m2 de AB por 2%
    • Inspección General: 0,10 TCMMV por m2
    • Revisión de Calidad Térmica Amparada en la Constancia de Cumplimiento de Variables Urbanas Fundamentales: 15,00 TCMMV
  2. Constancia de Ampliación para Oficinas:
  • Constancia: 24,00 TCMMV por m2 de AB por 2%
  • Inspección General: 0,10 TCMMV por m2
  • Revisión de Calidad Térmica Amparada en la Constancia de Cumplimiento de Variables Urbanas Fundamentales: 15,00 TCMMV

       3. Constancia de Ampliación para Comercio:

  • Constancia: 24,00 TCMMV por m2 de AB por 2%
  • Inspección General: 0,10 TCMMV por m2
  • Revisión de Calidad Térmica Amparada en la Constancia de Cumplimiento de Variables Urbanas Fundamentales: 15,00 TCMMV

       4. Constancia de Ampliación para Edificaciones Mixtas (Comercio/Oficinas, Vivienda/Comercio y Vivienda/Oficinas):

  • Constancia: 30,00 TCMMV por m2 de AB por 2%
  • Inspección General: 0,10 TCMMV por m2
  • Revisión de Calidad Térmica Amparada en la Constancia de Cumplimiento de Variables Urbanas Fundamentales: 15,00 TCMMV

        5. Constancia de Ampliación para Edificaciones Asistenciales Privadas:

  • Constancia: 24,00 TCMMV por m2 de AB por 2%
  • Inspección General: 0,10 TCMMV por m2
  • Revisión de Calidad Térmica Amparada en la Constancia de Cumplimiento de Variables Urbanas Fundamentales: 15,00 TCMMV

          6. Constancia de Ampliación para Edificaciones Industriales, Galpones y otros:

  • Constancia: 36,00 TCMMV por m2 de AB por 2%
  • Inspección General: 0,10 TCMMV por m2
  • Revisión de Calidad Térmica Amparada en la Constancia de Cumplimiento de Variables Urbanas Fundamentales: 15,00 TCMMV

          7. Constancia de Ampliación para Edificaciones Culturales, Filantrópicas, Educativas y Religiosas:

  • Constancia: 30,00 TCMMV por m2 de AB por 2%
  • Inspección General: 0,10 TCMMV por m2
  • Revisión de Calidad Térmica Amparada en la Constancia de Cumplimiento de Variables Urbanas Fundamentales: 15,00 TCMMV.

Importante: El timbre fiscal debe ser adquirido y descargado en PDF desde el portal https://sedatez.gob.ve/ emitido para el organismo: Centro de Procesamiento Urbano, y según el trámite correspondiente.

Cancelar la Tasa Administrativa, en las Oficinas de SEDEMAT, según lo establece el Artículo 8 de la “Reforma de Ordenanza sobre Tasas Administrativas por expedición de Licencias, Permisos, Ventas, Copias y Certificaciones de Documentos del Municipio Maracaibo, vigente N° 002-3-2024 de fecha 08 de Enero de 2024”. El monto mínimo a pagar por concepto de tasas administrativas ante la administración tributaria municipal será una (1) unidad de medida del Tipo de Cambio de Mayor Valor publicado por el Banco Central de Venezuela (TCMMV).

Vigencia
De conformidad con el Artículo 346, de la Reforma de la Ordenanza de Zonificación del Municipio Maracaibo, vigente, N° 213-2023 de fecha 19 de Junio de 2024, el cual establece: “Toda Constancia de Cumplimento de Variables Urbanas Fundamentales, o su renovación, expira a los ciento ochenta (180) días continuos, contados a partir de la notificación al interesado, si dentro de ese plazo no se hubiera iniciado la construcción.

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